Causa de Despido Justificado: El Engaño del Trabajador al Patrón.

El artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo señala en su fracción " I " lo siguiente:

 

"... Artículo 47.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:

I. Engañarlo el trabajador o en su caso, el sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador; ..."

Luego entonces, el Artículo 47 de la LFT establece una de las causales por las cuales un patrón puede dar por terminada la relación laboral sin tener que pagar ninguna indemnización al trabajador. En este caso particular, se refiere a la situación en la que el trabajador, o el sindicato que lo recomendó, haya proporcionado información falsa sobre sus capacidades o habilidades para obtener el empleo.

En resumen, el patrón puede despedir al trabajador sin responsabilidad si este último:

  • Engañó al patrón: Presentando documentos falsos (certificados, referencias, etc.) que acrediten habilidades o conocimientos que en realidad no posee.
  • Fue recomendado por un sindicato: Y este sindicato proporcionó información falsa sobre el trabajador.

¿Cuáles son los límites de esta causa de rescisión?

  • Periodo de prueba: Esta causa de rescisión solo puede utilizarse durante los primeros 30 días de la relación laboral. Después de este periodo, si se descubre el engaño, el patrón deberá seguir otros procedimientos para dar por terminada la relación laboral, posiblemente con el pago de alguna indemnización.
  • Buena fe del patrón: El patrón debe demostrar que actuó de buena fe al contratar al trabajador, es decir, que confió en la información proporcionada y que no tenía conocimiento del engaño.

¿Qué implica para el trabajador?

  • Importancia de la honestidad: Es fundamental que el trabajador sea honesto al presentar su solicitud de empleo y proporcionar toda la información de manera veraz.
  • Consecuencias del engaño: Si se descubre que el trabajador ha mentido sobre sus capacidades, puede perder su empleo sin derecho a indemnización.

¿Qué recomendaciones se pueden dar?

  • Verificar la información: Antes de contratar a un trabajador, es recomendable que el patrón verifique la información proporcionada en sus documentos y referencias.
  • Periodo de prueba: Utilizar el periodo de prueba para evaluar las habilidades y desempeño del trabajador.
  • Asesoramiento legal: En caso de duda sobre la aplicación de esta norma o cualquier otra relacionada con la relación laboral, es recomendable consultar a un abogado laboralista.

¿Hay alguna otra consideración?

  • Protección al trabajador: Aunque este artículo establece una causa de rescisión favorable para el patrón, es importante recordar que la Ley Federal del Trabajo también protege los derechos de los trabajadores y establece diversas garantías para ellos.
  • Equilibrio: El objetivo de esta norma es establecer un equilibrio entre los derechos del patrón y del trabajador, asegurando que ambos actúen de buena fe en la relación laboral.

En conclusión, el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo es una herramienta que puede utilizar el patrón en casos muy específicos, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la ley. Sin embargo, es importante que tanto patrones como trabajadores conozcan sus derechos y obligaciones para evitar conflictos laborales.

Consultas:

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